¿Tributan en IRPF las indemnizaciones por siniestros?
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El IRPF prevé que cuando se desplaza un empleado al extranjero para realizar un trabajo a un cliente de ese país, la parte de salario percibida durante ese tiempo está exenta hasta el límite de 60 mil euros anuales.
La DGT opina que dicha exención se produce también si los trabajos realizados son para una filial, siempre que produzcan una ventaja o utilidad para la misma. Es decir, tal como ocurre con la deducibilidad del gasto soportado en las operaciones vinculadas, la operación ha de realizarse en beneficio de la filial y no de la matriz o los accionistas.
Buenos indicios de la existencia de utilidad son:
• Que no existan profesionales externos locales prestando ese mismo servicio en la filial.
• La falta de personal cualificado para realizarlo en la propia plantilla.
• Que la transacción sea realizada a precio de mercado.
La necesidad de utilidad para la empresa receptora del servicio es la excusa perfecta para Hacienda, quién viene restringiendo la exención para los directivos. Considera que esas funciones son de mera supervisión y control de la participada y, por tanto, en beneficio del grupo.
El problema es el de siempre: Hacienda considera que le engañas hasta que no le demuestras lo contrario. Y hay pruebas que son imposibles de obtener y más a posteriori.
Sin embargo, una sentencia del TSJ Madrid de junio de 2016, ha abierto una puerta a la esperanza al discrepar de este criterio. En el fallo se reconoce que un directivo también puede realizar trabajos diferentes a supervisión y control. Relaciones comerciales, reuniones con autoridades locales, formación interna, etc. son tareas que, debidamente probadas, si pueden ser de utilidad exclusiva de la filial y, permitirían, por tanto, acceder a la exención.
Evidentemente, la dificultad estriba en la obtención de las pruebas necesarias del trabajo realizado, las cuales deben ir más allá de unos simples billetes de avión y facturas de hotel.
Habrá que estar atento a las próximas sentencias de tribunales al respecto para ver si se va abriendo la mano a esta exención para directivos y a las pruebas que son admitidas para ello.
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