IRPF: ¿qué documentación preparo?

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El pasado 4 de abril comenzó la campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para el año 2017. El plazo para la presentación del impuesto termina el 2 de julio.
El importe final, si se planificó durante el año la fiscalidad, no debería ser una sorpresa. En caso contrario, habrá que cruzar los dedos.
Llegó el momento de buscar la documentación, ordenarla y hacérsela llegar al asesor fiscal para que calcule el impuesto.

¿Qué documentación hay que preparar?

 

 

–  La declaración del año anterior

Salvo que la hubiese realizado el propio asesor, conviene facilitársela. Con ella, se hará una idea de la estructura de sus rentas, situación familiar y posibles deducciones.
Además, el IRPF 2016, junto con su DNI, le permitirá descargar la información fiscal de la web de Hacienda e incluso el borrador.

 

– Rendimientos de trabajo

Los empleados por cuenta ajena y los pensionistas reciben, de su pagador, un certificado de los rendimientos de trabajo percibidos y las retenciones y cotizaciones a la seguridad social soportadas. Facilite ese documento a su asesor.
Asimismo, si perciben cantidades por planes de pensiones, debe facilitarle la documentación sobre las mismas. Si aportó cantidades a dichos planes, obtenga el certificado para poder aplicar la reducción.
Recuerde aportar los recibos de los pagos a colegios profesionales obligatorios, cuotas sindicales o determinados cursos que otorgan derecho a reducción.

 

–  Rendimientos del capital inmobiliario

Para los inmuebles arrendados facilite, copia del contrato, comprobantes de los ingresos (y, en el caso de locales, certificado de retenciones) y gastos (reparaciones, IBI, tasas, gastos de comunidad, cuotas de préstamo, etc). También la escritura de adquisición para poder calcular la amortización
Para los inmuebles no arrendados bastará con el recibo del IBI y la escritura. Así su asesor podrá conocer el valor catastral e imputar, si procede, un renta presunta del 2% .

 

– Rendimientos del capital mobiliario

En el caso de cuentas y depósitos bancarios o valores, lo mejor es obtener de las entidades bancarias la información fiscal estandarizada que preparan para el IRPF.

 

– Ganancias y pérdidas patrimoniales

Si se han transmitido valores depositados en entidades bancarias, la información fiscal comentada en el punto anterior ya contendrá la información necesaria.
Si la transmisión efectuada es de inmuebles, conviene aportar al asesor las escrituras de adquisición y de venta del bien, así como los gastos asociados a ambas operaciones (gastos de notario, registro, impuestos -sucesiones, donaciones, ITP, plusvalía municipal- y comisiones).

 

– Actividades empresariales y profesionales

Las actividades empresariales y profesionales se justifican con los libros de ingresos y gastos, los certificados sobre retenciones soportadas de los clientes y el modelo 130 presentado trimestralmente.

 

– Deducciones

Si se adquirió una vivienda habitual con hipoteca antes de 2014 habrá, para aplicar la deducción, que disponer de la información bancaria sobre los intereses y capital amortizado durante el año. También debe informarse de la parte del préstamo hipotecario utilizado en comprar la vivienda.
En caso de que la vivienda sea arrendada se precisa, además del importe pagado durante el año, la referencia catastral del inmueble y el DNI del arrendador.
En cuanto a las donaciones, las entidades informan a la AEAT de las realizadas. No obstante, disponer del certificado da garantía delante de una revisión.

 

Daniel Giménez Martínez
Daniel Giménez Martínez
Ayudo a las empresas a reducir sus impuestos mediante la planificación fiscal.