Deberes fiscales para septiembre

Las claves del depósito de cuentas anuales
11 julio, 2018
¿Qué hago si la inspección se presenta por sorpresa?
4 octubre, 2018

 

 

Volvió septiembre. Terminaron las vacaciones y toca desempolvar papeles, sacar documentos del cajon y planificar la recta final del año.

¿Qué cuestiones fiscales conviene abordar?

 

 

Controla la cifra de ingresos

La cifra de neta de negocios y el volumen de operaciones a fin de ejercicio son delimitadores de ciertas obligaciones fiscales y contables, a menudo indeseadas.
Recordemos que, entre otras muchas obligaciones:
• la obligación de tributar por IAE se produce al superar un millón de euros de cifra de negocios.
• la obligación de auditar las cuentas anuales comienza cuando, entre otros requisitos se superan, en 2 ejercicios consecutivos, los 5,7 millones de euros de cifra de ventas.
• se inicia la obligación de presentación mensual de impuestos de declaración periódica, cuando se superan los 6 millones de euros de volumen de negocios.
• La obligación de presentar el pago fraccionado por la modalidad de arrastre de base imponible sobreviene cuando se superan esos 6 millones de euros.
• Se pierde la condición de empresa de reducida dimensión y, con ello, sus incentivos fiscales, cuando la cifra de negocios supera los 10 millones de euros.
• La información sobre operaciones vinculadas puede ser simplificada cuando no se superan los 45 millones de euros de ventas y no es necesario informar de aquellas que en su conjunto no superen los 250 mil euros con un mismo destinatario.
En definitiva, puede ser recomendable evitar superar ciertas cifras de facturación cuando se está cerca de alguno de los límites indicados. En todo caso, mejor planificarlo que esperar a fin de año, momento en el que las correcciones resultan imposibles.

 

Acomete la limpieza del archivo

El espacio es dinero. El orden, tiempo ganado.
Este es un buen mes para revisar y limpiar el archivo contable y fiscal.
Acaba de prescribir, en julio, el Impuesto de Sociedades de 2013 (IVA e IRPF prescribieron el 31 de diciembre 2017), con lo que mucha documentación puede ser destruida.
Sin embargo, cuidado, con creer que basta con eliminar toda la documentación de cuatro años atrás. Tal como detallamos en nuestro ebook ¿cuánto tiempo debe conservar el archivo de su empresa?, existen múltiples cautelas adicionales fiscales, mercantiles y civiles, a tener en cuenta.

 

Planifica el cierre de ejercicio

Septiembre es un buen mes para afrontar la recta final de planificación del cierre contable del año y, por tanto, del Impuesto de Sociedades. La declaración final, a presentar en julio de 2019, no puede ser una sorpresa para el empresario, sino que tiene que ser el reflejo de lo que se ha planificado durante el año con ayuda del asesor fiscal. Y, ahora, toca rematar.
Ahora es el momento de revisar las políticas internas contables y fiscales, comprobar la evolución de los presupuestos y sus desviaciones y tomar las últimas decisiones empresariales que permitan reducir y optimizar el impuesto final sin asumir riesgos innecesarios que podrían derivar en futuras sanciones.
En el caso de grupos de sociedades, puede resultar interesante estudiar si, para el año 2019, conviene acogerse al régimen especial de consolidación fiscal. Se trata de un régimen ventajoso pero que precisa de análisis y toma de decisiones previa a su aplicación.

 

Y, ¿ el IVA?

Si la sociedad presenta recurrentemente saldos a compensar por este impuesto, puede interesar acogerse al REDEME (régimen de devolución mensual del IVA):o, en el caso de grupos, al régimen especial de grupos de sociedades del IVA, para compensar cuotas a pagar de unas con cuotas a compensar de otras.
Conviene recordar la necesidad de presentar una declaración censal previa a la aplicación de cualquiera de los dos regímenes.

 

Daniel Giménez Martínez
Daniel Giménez Martínez
Ayudo a las empresas a reducir sus impuestos mediante la planificación fiscal.