En declaraciones extemporáneas no pueden compensarse BINs
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27 febrero, 2018
Febrero está aquí. El IVA y el IRPF de 2017 fueron presentados y no tiene sentido retrasar más el cierre contable y fiscal del ejercicio.
De hecho, la normativa mercantil vigente, establece que, máximo de 31 de marzo de 2018, deben estar formuladas las cuentas anuales de 2017 que incluyen la Memoria y Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, e incluso el Estado de Flujos de Efectivo, en sociedades de mayor tamaño.
Realmente, para ser congruente, este post debería hablar de los incentivos fiscales sobre los que su empresa puede empezar a trabajar para aplicarlos al cierre del ejercicio 2018. La planificación fiscal es el único camino seguro para reducir la carga tributaria sin asumir riesgos innecesarios que redunden en sanciones. Trabajar, iniciado el año 2018, sobre la aplicación de incentivos fiscales para reducir los impuestos del 2017 suele ser poco efectivo ya que, algunos de ellos, ya no podrán hacerse efectivos.
No obstante, para aquellos empresarios que no han hecho los deberes durante el año, repasemos los incentivos que permiten reducir el coste del Impuesto de Sociedades de las empresas de reducida dimensión (aquellas que, no siendo patrimoniales, facturaron menos de 10 millones de euros en 2016).
Registre los gastos atendiendo al principio del devengo
Todas las sociedades, pueden y deben registrar sus gastos en el momento en que se han devengado. No es necesario esperar a obtener la factura del proveedor y mucho menos menos al pago de la misma.
Haga provisiones sobre facturas de proveedores no recibidas antes del cierre, seguros, pagas extraordinarias, rappels…
Un adecuado registro contable es indispensable para no pagar más impuestos de la cuenta.
Atención a la morosidad
No cobrar de los clientes al vencimiento es una desgracia. No en vano, lo mas importante de un negocio no es vender, sino cobrar.
Recuerde que, una vez transcurridos seis meses desde el vencimiento -o antes si el deudor se declara en concurso de acreedores-, es posible dotar la pérdida y que sea fiscalmente deducible.
Además, las empresas de reducida dimensión pueden contabilizar y deducir fiscalmente un 1% de sus saldos deudores, una vez restados los morosos comentados anteriormente.
No olvide además, que también es posible recuperar el IVA repercutido, no cobrado e ingresado en Hacienda.
Amortice aceleradamente
Es posible realizar la amortización total (100%) de los bienes de escaso valor (cuando el valor individual no supere los 300 euros). Anualmente, la suma de todos los elementos sobre los que se aplique este incentivo no puede superar los 12 mil euros.
Además, pueden aplicarse amortización acelerada (un 50% adicional sobre el porcentaje de tablas) sobre los elementos nuevos del inmovilizado material e intangible.
Además, pueden amortizarse libremente, para elementos del inmovilizado material, 120 mil euros por cada incremento unitario de plantilla que se produzca. Para ello, debe aumentarse la plantilla media de los 24 meses siguientes al inicio del ejercicio, respecto a la de los 12 meses anteriores. Ese incremento debe mantenerse durante otros 24 meses. Es decir, debe aumentarse la plantilla media de 2017-2018 respecto a la de 2016 y mantenerse, como media, hasta 2020.
Por ultimo, recordemos que los elementos del inmovilizado usados (segunda mano) pueden ser amortizados al doble del porcentaje de amortización máximo previsto por las tablas fiscales.
Incentivos sobre leasing
Los elementos adquiridos en régimen de leasing gozan de un régimen fiscal ventajoso ya que, permite una amortización acelerada que, posteriormente es revertida. No obstante, como ocurre con todas las amortizaciones aceleradas, se trata de un mero diferimiento de impuestos.
Reserva de nivelación
Puede reducirse la base imponible un 10% del Impuesto de Sociedades a cuenta de pérdidas futuras a cambio de dotar una reserva contable indisponible del mismo importe.
Además, al igual que las sociedades que no cumplen los requisitos de reducida dimensión, puede aplicarse, en términos similares, la reserva de capitalización.
Ayudo a las empresas a reducir sus impuestos mediante la planificación fiscal.